Medidas en materia de vivienda Decreto Ley Foral 2/2020 y Decreto Ley Foral 5/2020

A) Si soy persona inquilina de vivienda protegida

Incremento de subvención

Para las personas y familias inquilinas de vivienda protegida, que tuvieran reconocida una subvención para el pago de la renta (por el 25, 50 o 75%) a fecha 31/03/2020, se les concede automáticamente una subvención del 75% durante los meses de abril, mayo y junio.

¿Cómo solicito esa subvención del 75% para abril, mayo y junio?
No hace falta solicitarla, la subvención se concede de oficio sin necesidad de presentar ningún documento.

¿Y si tenía una subvención mayor (90%)?
Se continúa con ese mayor porcentaje de subvención.

¿Y si no tenía subvención a 31/03/2020?
Podrá solicitar el reconocimiento de subvención mediante instancia dirigida al Servicio de Vivienda, acreditando un cambio importante en su situación económica.

Renovación automática de las anualidades de arrendamiento que venzan entre el 1 de abril y el 20 de julio de 2020

Si su anualidad vencía entre el 1 de abril y el 20 de julio no debe presentar ninguna documentación, se considera renovado de forma automática su arrendamiento, con la subvención que venía disfrutando hasta la fecha.

Si yo tenía subvención por arrendamiento del 50% hasta el 1 de mayo, ¿qué subvención se me queda? ¿Cómo la solicito?
No tiene que solicitar nada, y de forma automática el 1 de mayo su subvención seguirá siendo el 50% para la nueva  anualidad comenzada. Eso sí, de forma excepcional, durante abril, mayo y junio disfrutará no del 50, sino del 75% de subvención.

Moras y condonaciones de deuda (aplazamientos del pago de la renta y perdón del pago de renta)

¿Cómo lo solicito?
Deberá solicitarlo directamente a la empresa que le arrienda la vivienda.
Para facilitar esa concesión, en caso de que la empresa le conceda una mora (le permita aplazar el pago de la deuda) o le condone (le perdone) el pago de alguna mensualidad, el Gobierno de Navarra pagará a la empresa la subvención que tenía usted concedida (si tiene usted una subvención del 75% de la renta, la empresa le perdonará el 25% de la renta porque el Gobierno de Navarra pagará el otro 75%)

Recuerde, para más información vivienda@navarra.es

B) Si soy persona inquilina de vivienda libre Y estoy inscrita en el Censo de solicitantes de vivienda protegida con anterioridad al 14 de marzo de 2020

Podrá solicitar, desde el 1 de abril, la ayuda para el alquiler DaVid, consulte condiciones en www.vivienda.navarra.es

¿Cómo solicito DaVid?
La tramitación es telemática, y en principio no es necesario aportar ninguna documentación.
Resolver dudas o más información: davidvivienda@navarra.es

A) Y estoy en situación de desempleo a partir del 1 de enero de 2020
Podrá solicitar la ayuda para el alquiler EmanZipa.

B) Y estoy en situación de ERTE (expediente temporal de regulación de empleo) a partir del 14 de marzo de 2020
Podrá solicitar la ayuda para el alquiler EmanZipa.

C) Y soy autónomo y me ha sido concedida una ayuda directa extraordinaria por parte del Gobierno de Navarra.
Podrá solicitar la ayuda para el alquiler EmanZipa, desde el momento en que tenga la ayuda para los autónomos concedida.

Consulte condiciones de EmanZipa en www.vivienda.navarra.es

¿Cómo solicito EmanZipa?
La tramitación es telemática, y en principio no es necesario aportar ninguna documentación.

Resolver dudas o más información: emanzipa@navarra.es

Preguntas frecuentes covid 19 en materia de vivienda

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