1. POSIBLES BONIFICACIONES EN LA CONTRIBUCIÓN

La Ley Foral 2/95 de Haciendas Locales de Navarra, ley que regula la contribución territorial municipal, fue modificada por la “Ley Foral 22/2020, de 29 de diciembre, de modificación de la Ley Foral de Haciendas Locales de Navarra”, en el sentido de introducir la posibilidad de que los ayuntamientos mediante su propia ordenanza (es decir por su propia iniciativa) pudieran establecer bonificaciones para los contribuyentes. (articulo 140 de la Ley Foral 2/95 de Haciendas Locales de Navarra). Las bonificaciones que pueden regularse mediante ordenanza municipal son:

1.- Titulares de viviendas habituales que sean:

  1. a) Sujetos pasivos que ostenten la condición de titulares de familia numerosa o de familia monoparental o en situación de monoparentalidad,
  2. b) Contribuyentes con pensiones no contributivas, perceptores de Renta Garantizada o de Ingreso Mínimo Vita

2.- Además, y de cara a fomentar que la ciudadanía instale sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar o de otras energías renovables, la citada ley foral también introdujo la posibilidad de que se bonificase la contribución territorial, a aquellos bienes inmuebles que los tengan instalados.

EL AYUNTAMIENTO DE PERALTA ESTA ESTUDIANDO COMO APLICAR ESTAS BONIFICACIONES en la contribución territorial, cuánto dinero puede dejar ingresar el ayuntamiento en el caso de que se apliquen, y que porcentajes de bonificación puede llegar a aplicar.

 

  1. VECINOS JUBILADOS CON PENSIONES POR DEBAJO DEL SALARIO MÍNIMO.

Además, el ayuntamiento desea saber qué vecinos son jubilados que están cobrando una pensión por debajo del salario mínimo interprofesional con la finalidad de aprobar posibles ayudas a los mismos, en este caso sin vinculación con la contribución territorial.

Por eso solicitamos a los vecinos (sujetos pasivos de la contribución y jubilados con pensiones por debajo del SMI)  que puedan entrar en alguna de estas situaciones que rellenen los IMPRESOS ADJUNTOS (al final del documento), y lo envíen a la dirección de correo electrónico  

       informacion@aytoperalta.com

Solo en el caso de que no puedan enviar el correo, podrán pasar por el ayuntamiento a entregar su impreso de información.

LA RECOGIDA DE INFORMACIÓN SE CERRARÁ EL VIERNES 22/10/2021.

IMPRESOS A RELLENAR 

Información sobre Protección de Datos. Responsable del tratamiento: Ayuntamiento de Peralta. Finalidad: estudio, gestión y concreción de un plan de ayudas para vecinos del municipio.  Base legítima: tratamiento realizado para una misión de interés público. Conservación: los datos se mantendrán mientras permanezca la finalidad del tratamiento. Derechos: acceso, rectificación, supresión. Pueden obtener mas información sobre protección de datos en el portal de transparencia de la web www.aytoperalta.com y en la dirección del delegado de protección de datos dpd@aytoperalta.com

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